Cambio de Estatus en Estados Unidos
¿Se te acaba el tiempo legal en Estados Unidos?
No tienes que irte. La ley contempla el cambio de estatus: pasar de una categoría migratoria a otra sin salir del país. Pero solo funciona si actúas dentro del tiempo autorizado.
Revisar mi caso por WhatsAppPrimera revisión sin costo. Te responde el equipo de Juan Felipe Castro.
Juan Felipe Castro te explica el cambio de estatus en 55 segundos
El problema no es que se venza. Es lo que pasa después.
Cuando ese permiso vence y te quedas, puedes empezar a acumular lo que la ley llama presencia ilegal. Y esa cuenta tiene consecuencias concretas: acumular más de 180 días puede activar una prohibición de reingreso de 3 años, y más de un año puede llevarla a 10 años.
Por eso el cambio de estatus no es un trámite que se deje para el final. Es una decisión que se toma con tiempo, mientras todavía estás dentro del periodo autorizado y conservas todas tus opciones.
¿Esto es para ti?
Si te reconoces en alguna de estas situaciones, vale la pena que revisemos tu caso antes de que el reloj avance más.
- Entraste con visa de turismo y quieres estudiar en Estados Unidos.
- Recibiste una oferta de trabajo de una empresa estadounidense.
- Quieres invertir o abrir un negocio y quedarte a operarlo.
- Tu cónyuge o un familiar directo cambió de estatus y tú necesitas acompañarlo como dependiente.
- Tu I-94 vence en menos de 90 días y todavía no sabes qué vas a hacer.
- Ya te venció y no sabes si todavía tienes algo que hacer.
Qué es, en palabras simples
El cambio de estatus es el trámite ante USCIS que te permite pasar de una categoría migratoria a otra sin tener que salir de Estados Unidos ni volver a un consulado. Según la categoría, se presenta con el formulario I-539 o, en los casos de empleo, con una petición I-129 hecha por el empleador.
| Si estás como | Puedes buscar | Para |
|---|---|---|
| Turista (B-1/B-2) | F-1 | Estudiar en un programa académico autorizado |
| Turista (B-1/B-2) | H-1B / O-1 | Trabajar con patrocinio de empleador o por habilidad extraordinaria |
| Turista (B-1/B-2) | E-2 | Invertir y dirigir un negocio propio (según nacionalidad y tratado) |
| Estudiante (F-1) | H-1B | Pasar de estudiar a trabajar tras graduarte |
| Cualquier titular | F-2 / H-4 / E-2D | Quedar como dependiente del estatus de tu cónyuge |
Esta tabla es orientativa. La categoría que te sirve depende de tu historial completo, no solo de tu visa actual.
Lo que USCIS va a mirar
No todo el mundo califica. Estos son los puntos que definen si tu solicitud tiene piso:
- Que hayas entrado legalmente y con inspección.
- Que tu I-94 siga vigente al momento de radicar la solicitud.
- Que hayas mantenido tu estatus, sin trabajar ni estudiar sin autorización.
- Que califiques para la nueva categoría que estás pidiendo.
- Que no estés en una categoría excluida: quienes entran con ESTA o el programa de exención de visa, tripulantes y algunas otras, por regla general no pueden cambiar de estatus dentro del país.
Los errores que salen más caros
Cómo trabajamos tu caso
Revisión
Miramos tu I-94, tus fechas reales y tu historial migratorio completo. Aquí se define si hay caso y cuánto tiempo te queda.
Estrategia
Definimos a qué categoría conviene moverte y por qué. No siempre es la que el cliente tenía en mente.
Radicación
Preparamos formularios, evidencia y carta de sustento, y presentamos el paquete completo ante USCIS.
Seguimiento
Monitoreamos el caso y respondemos cualquier requerimiento de información hasta que llegue la decisión.
Estar legal no es cuestión de suerte. Es cuestión de asesorarte bien y hacerlo con tiempo.
— Juan Felipe Castro, abogado de inmigración
Preguntas frecuentes
Mi I-94 ya venció. ¿Todavía puedo hacer algo?
¿Puedo trabajar mientras USCIS responde?
¿Cuánto se demora?
Entré con ESTA. ¿Aplico?
¿No es más fácil salir del país y volver a entrar con otra visa?
¿Me garantizan que lo aprueban?
El reloj ya está corriendo. La pregunta es qué haces con el tiempo que te queda.
Escríbenos hoy y revisamos tu caso. Si no tienes opciones, te lo decimos de frente y no te hacemos perder plata.
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La información de esta página es de carácter general e informativo y no constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Las normas migratorias de Estados Unidos cambian y su aplicación depende de los hechos particulares de cada caso. Ningún resultado está garantizado. Para una evaluación de tu situación, agenda una consulta.